"NEGOCIOS SUCIOS en VICENTE LÓPEZ"
(La Vieja política funciona a pleno)
Por Carlos della Monte, de V.M., Arq. Edgardo Estrin y la AVVL
4- Breves Conceptos de Urbanismo:
Hay dos grandes clases de ciudades: ciudades planificadas y ciudades caóticas.
Prácticamente todas las grandes ciudades del mundo llegaron a serlo
gracias a tres documentos básicos:
- Un Plan Estratégico (P.E. - documento muy breve que define
cómo llegar a la mejor forma de vida posible en cada ciudad,
en función de sus recursos y posibilidades).
- Un Plan Urbano Ambiental (PUA - documento intermedio que define la
mejor forma de lograr los objetivos del P.E., planificando para ello
barrios residenciales, de viviendas de altura, industriales, comerciales,
etc.).
- Un Código de Ordenamiento Urbano (COU - documento extenso que
define la mejor forma de lograr los objetivos del P.E. y del PUA, y
es elaborado en base a ellos).
A veces estos documentos reciben otros nombres, a veces los P.E. y los
PUA están fundidos en un solo documento, a veces los P.E. y los
PUA son hechos por encargo de reyes (por ejemplo París) y otras
veces los P.E. y los PUA son democráticamente consensuados con
la población.
En las ciudades planificadas los edificios en torre son perfectamente
aceptables siempre que se hagan en barrios predestinados a ello, barrios
que tengan la infraestructura de servicios necesaria (electricidad, gas,
agua, desagües, cloacas, espacios verdes, equipamiento comunitario,
etc.), en cuyo caso brindan un buen modo de vida sin degradar la calidad
de vida de los demás.
En las ciudades planificadas se hacen Evaluaciones de Impacto Ambiental
a nivel de planes, es decir del conjunto total terminado. De esta manera
se asegura la sustentabilidad de la calidad de vida de todos.
Lo opuesto a las ciudades planificadas son las ciudades caóticas.
En ellas la ciudad no crece en función de planes consensuados,
sino en función de negocios individuales solamente consensuados
entre inversores y funcionarios (generalmente poco competentes en materia
de urbanismo), y materializados mediante permanentes cambios al COU y/o
excepciones.
En las ciudades caóticas no se hacen evaluaciones de impacto ambiental
a nivel de plan, sino sólo Estudios de Impacto Ambiental (EIA)
de cada proyecto individual. (No es lo mismo Estudio que Evaluación.
El EIA es un documento elaborado por alguien, generalmente contratado
por el propio inversor. Evaluación de Impacto Ambiental es un proceso
participativo y multidisciplinario, basado por ejemplo en Audiencias Públicas,
durante el cual los funcionarios y todos los demás interesados
evalúan el EIA y deciden si están de acuerdo, o no, si se
acepta o no).
En las ciudades caóticas es imposible asegurar la sustentabilidad
de la calidad de vida, porque aún si el EIA fuese favorable, se
refiere solamente a cada proyecto individual. Esto se entiende mejor con
un ejemplo. Puede suceder que si en un cierto barrio se prevé construir
10 edificios en torre, cada EIA individual dé bien, pero como nadie
estudia el conjunto, es posible que cuando estén terminados los
10 edificios en torre, haya cortes de electricidad por falta de redes
eléctricas locales o de Gas Oil en las Centrales, desbordes pluviales
y cloacales cada vez que sube el Río, inundaciones por falta de
espacios verdes permeables capaces de absorber el agua de lluvia, insolubles
problemas de tránsito, de estacionamiento, etc.
En las ciudades caóticas no existe seguridad jurídica para
ningún habitante, porque cualquier dueño de un chalet de
una zona codificada como residencial, de la noche a la mañana puede
encontrarse con una torre en construcción en su terreno lindero.
La principal razón por la cual una ciudad caótica no se
planifica, no es la ignorancia de los protagonistas, sino el dinero. La
existencia de un P.E. y un PUA impide que se puedan hacer negocios cómplices
entre funcionarios e inversores poco escrupulosos. La planificación
impide el intercambio de favores por la gestión de las excepciones.
El principal aliado de quienes viven haciendo excepciones es el silencio,
el secreto, la desinformación pública, y la impunidad jurídica.
Las excepciones en general constituyen Delitos Urbanos. Esta figura que
no existe en el Código Penal, pero debería ser incorporada.
El Delito Urbano típico lo hacen inversores inescrupulosos que
no quieren construir un edificio en torre en una de las muchas zonas habilitadas
para torres (porque el valor del terreno es alto, proporcional a lo que
está permitido hacer sobre él), y prefieren comprar a bajo
precio terrenos residenciales, sólo aptos para chalets, luego usar
sus contactos para obtener una excepción, y finalmente embolsar
la plusvalía. Algunos privilegiados todavía mejoran el negocio
y consiguen usar terrenos Públicos cuasi-gratuitos, sobre los que
no se puede construir nada, teóricamente invendibles, y si están
al lado del Río más Ancho del Mundo, tanto mejor..
Las excepciones son Delitos Urbanos porque siempre benefician a unos pocos
y dañan la calidad de vida y el valor de las propiedades de muchos,
es decir son como viejas prácticas menemistas aún vigentes,
un grupito acumula riqueza mientras se perjudica al conjunto de la población.
Las excepciones son Delitos Urbanos porque violan el principio de igualdad
(art. 16 de la C. N.), violan el COU (de otra forma no sería necesaria
una excepción), suelen violar el derecho a defender un ambiente
sano (art. 41 de la C.N.), suelen violar la ley provincial de uso de suelos
(8.912/77), y como bien dijera el propio CD en las Navidades de 1997,
"son perjudiciales para la comunidad toda, por autorizar a alguien
a hacer lo que los demás contribuyentes no pueden ...... Hay que
denegarlas..... Hay que seguir el camino de la juridicidad, o entrar a
la Ley de la Selva donde la Sociedad no existe".
Demás está decir qué clase de ciudad es Vicente López.
Nunca tuvo ni tiene un P.E. ni un PUA. Se maneja desde hace años
mediante excepciones y cambios de COU sin ton ni son.
En muchas de esas excepciones, el Municipio impone al beneficiario "compensaciones
a la comunidad" a cambio del otorgamiento. Esas "compensaciones"
se parecen a coimas colectivas, que además casi nunca se cumplen
(ver por ej. el caso ShowCenter). Estas "compensaciones" crean
el peligroso concepto de que quien paga puede violar las leyes, contaminar,
etc.
Las 7 Mega-excepciones recién aprobadas, no sólo quitarán
el sol y la vista de los chalets linderos, no sólo harán
colapsar más todavía la ya colapsada infraestructura de
servicios de V.L., no sólo violarán todas las cosas antes
descritas, sino que formarán junto a las torres ya aprobadas en
el pasado una barrera que frenará las frescas brisas del Río
de la Plata, privando a la ciudad entera de su principal fuente de ventilación.
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(al lado de la terminal de la línea 29 y a metros del puerto de Olivos)
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